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Circular 2024/C/77 sobre el reembolso por parte de la empresa de los gastos de electricidad derivados de la carga del vehรญculo de empresa en el domicilio del empresario
Esta circular analiza el tratamiento fiscal del reembolso de los gastos de electricidad por parte del empleador por cargar un vehรญculo de empresa en casa.
impuesto sobre la renta de las personas fรญsicas ; prestaciรณn en especie ; puesta a disposiciรณn gratuita de un vehรญculo automรณvil ; vehรญculo elรฉctrico ; estaciรณn de recarga de vehรญculos elรฉctricos ; suministro gratuito de electricidad
FPS Finanzas, 05.12.2024
Administraciรณn General de Hacienda - Impuesto sobre la renta de las personas fรญsicas
Indice
II. Reembolso de los gastos de electricidad por el empresario por cargar el coche de empresa en casa
2. Provisiรณn de una estaciรณn de carga
3. Sistema de comunicaciรณn especรญfico
4. Reembolso basado en los costes reales de electricidad
C. Reembolso de los costes de recarga en estaciones de recarga pรบblicas
III. Transferencia de la propiedad de la estaciรณn de recarga
VI. Reembolsos antes del 01.01.2025
I. Introducciรณn
1. La presente circular aborda el tratamiento fiscal, por cuenta del asalariado, de los gastos de electricidad reembolsados por el empleador para la recarga de un vehรญculo elรฉctrico o hรญbrido enchufable (1) (en lo sucesivo, vehรญculo de empresa) en su domicilio.
(1) Vehรญculo contemplado en el artรญculo 65 del Cรณdigo del Impuesto sobre la Renta de 1992 (CIR 92), es decir, distinto de los vehรญculos utilizados exclusivamente para el transporte asalariado de personas:
-turismos
-automรณviles de doble uso
-minibuses
-incluidos los vehรญculos ligeros de transporte de mercancรญas a que se refiere el art. 4, ยง 3, del Cรณdigo de Impuestos asimilados al impuesto sobre la renta, es decir, aquellos vehรญculos homologados a la categorรญa de "camiones ligeros" en el Departamento de Registro de Vehรญculos de la FPS Movilidad y Transporte (DIV), pero que se clasifican como turismos, automรณviles de doble uso o minibuses a efectos fiscales (y, en particular, a efectos del impuesto de circulaciรณn).
2. En efecto, a efectos fiscales, existe una distinciรณn entre:
- por una parte, un suministro gratuito de electricidad
- y, por otro, un reembolso de los gastos de electricidad.
3. En el caso de un suministro gratuito de electricidad, dicha electricidad se factura a nombre del empresario y los costes correspondientes son pagados directamente por el empresario al proveedor de energรญa.
4. Algunos ejemplos son:
- El suministro gratuito de una tarjeta de carga por parte del empleador que permite al empleado cargar su coche de empresa en una estaciรณn de carga pรบblica.
- La posibilidad de que el empleado cargue gratuitamente su coche de empresa en las instalaciones del empresario.
- La instalaciรณn de un contador de electricidad adicional en el domicilio del empleado para cargar el coche de empresa, para lo cual el empleador celebra un contrato de energรญa independiente con un proveedor de energรญa.
5. Si el empresario pone a disposiciรณn del trabajador un vehรญculo de empresa y la pรณliza de automรณvil aplicable prevรฉ tambiรฉn el suministro gratuito de electricidad, en ese caso sรณlo se gravarรก una prestaciรณn en especie en favor del trabajador, es decir, la prestaciรณn en especie estimada a tanto alzado de conformidad con el artรญculo 36, ยง2, ITC 92, por el uso personal de un vehรญculo puesto a disposiciรณn gratuitamente. En ese caso, el suministro gratuito de electricidad no da lugar a una prestaciรณn en especie imponible adicional, sino que se incluye en la prestaciรณn en especie estimada a tanto alzado.
6. Cuando se reembolsa la electricidad, รฉsta se factura a nombre del empleado y รฉste paga los gastos correspondientes directamente al proveedor de energรญa. A continuaciรณn, el empresario reembolsa la totalidad o parte de estos costes al empleado.
7. El reembolso por el empresario de los gastos de electricidad por la carga de un vehรญculo de empresa puesto a disposiciรณn del trabajador en su domicilio, aun cuando este principio estรฉ incluido en la pรณliza del vehรญculo, no forma parte de la prestaciรณn estimada a tanto alzado en especie por el uso personal de dicho vehรญculo (2), sino que constituye una prestaciรณn independiente. En efecto, no se trata de un suministro de electricidad por parte del empresario, sino de un reembolso de los gastos de electricidad.
(2) Tal como se menciona en el artรญculo 36, ยง2, CIR 92.
8. A continuaciรณn se expone el tratamiento fiscal del reembolso de los gastos de electricidad por parte del empresario por cargar el coche de empresa en casa. Este tratamiento fiscal se aplica mutatis mutandis por parte de un directivo de empresa.
II. Reembolso de los gastos de electricidad por el empresario por cargar el coche de empresa en casa
A. Principio
9. El tratamiento fiscal del reembolso de los gastos de electricidad por el empresario por cargar el coche de empresa en casa debe diferenciarse en funciรณn de la naturaleza del desplazamiento.
10. El reembolso de los gastos de electricidad relacionados con los desplazamientos profesionales constituye un reembolso no sujeto a tributaciรณn de los gastos propios del empleador (3) en la medida en que el empleador aporte una doble prueba de que:
- ese reembolso se destina a cubrir gastos que le son propios
- y que dicho reembolso se destinรณ efectivamente a dichos gastos.
(3) En el sentido del artรญculo 31, pรกrrafo segundo, 1ยฐ, in fine, ITC 92.
11. El reembolso de los gastos de electricidad relacionados con los desplazamientos constituye una asignaciรณn concedida por el empleador como reembolso de los gastos de viaje entre el lugar de residencia y el lugar de trabajo. Este reembolso constituye una prestaciรณn en especie imponible (4). En efecto, no se trata del suministro de electricidad, sino del reembolso de los gastos personales de electricidad (gasto privado). Para el asalariado cuyos gastos profesionales se determinan a tanto alzado (5), estos reembolsos pueden estar exentos para el ejercicio fiscal 2025 por un importe mรกximo de 490 EUR al aรฑo (6).
(4) En el sentido del art. 31, segundo pรกrrafo, 2ยฐ, ITC 92.
(5) De conformidad con el art. 51, CIR 92.
(6) Aplicaciรณn del art. 38, ยง 1, primer pรกrrafo, 9ยฐ, c, CIR 92 - importe de base 250 euros.
12. El reembolso de la electricidad correspondiente a los viajes privados efectivos constituye una prestaciรณn en especie imponible (7) al trabajador por el importe efectivamente abonado.
(7) En el sentido del artรญculo 31, pรกrrafo segundo, 2ยฐ, CIR 92.
B. Excepciรณn
13. Con el fin de apoyar la ecologizaciรณn del parque automovilรญstico, se admite una excepciรณn al principio bรกsico anterior para la recarga a domicilio, pero sujeta a determinadas condiciones que deben permitir excluir posibles abusos.
1. Condiciones
14. A este respecto, en el contexto de la pregunta parlamentaria nยบ 472, formulada el 01.06.2021 por el diputado Joris Vandenbroucke, el Ministro respondiรณ lo siguiente.
Cuando un empresario:
-ademรกs de un coche elรฉctrico de empresa, tambiรฉn proporciona a su empleado un cargador domรฉstico o una estaciรณn de carga elรฉctrica
-que disponga de un sistema de comunicaciรณn especรญfico que comunique al empresario cuรกnta electricidad se consume
-y la pรณliza del coche aplicable tambiรฉn prevรฉ el reembolso de la electricidad "recargada" con el cargador domรฉstico;
entonces mi administraciรณn acepta que la puesta a disposiciรณn del coche de empresa elรฉctrico con estaciรณn de carga y el reembolso por el empresario de la electricidad repostada con dicha estaciรณn de carga se tratarรกn a efectos fiscales de la misma manera que la puesta a disposiciรณn de un coche de empresa con tarjeta de combustible adjunta.
En ese caso, sรณlo se gravarรก una prestaciรณn en especie, a saber, la prestaciรณn en especie estimada a tanto alzado aplicable al vehรญculo elรฉctrico de empresa. El reembolso de la electricidad no da lugar a una prestaciรณn imponible adicional en estas circunstancias, siempre que, por supuesto, dicho reembolso se refiera exclusivamente a la electricidad repostada para el coche de empresa elรฉctrico puesto a disposiciรณn.
El reembolso por parte del empresario debe basarse en los gastos reales de electricidad del trabajador. A tal efecto, se admiten todos los medios de prueba del Derecho comรบn, excepto el juramento (8).
(8) QRVA 55/060, de 24.07.2021, pp. 159-161.
2. Puesta a disposiciรณn de una estaciรณn de carga
15. No obstante, la puesta a disposiciรณn por el empresario de un cargador domรฉstico o de una estaciรณn de carga elรฉctrica (en lo sucesivo, estaciรณn de carga) no es una condiciรณn absoluta para la aplicaciรณn de la excepciรณn mencionada en el n.ยบ 14.
16. Es cierto que si el empresario pusiera a disposiciรณn un poste de carga, dicho poste de carga, en las circunstancias expuestas (vรฉase el n.ยบ 14) , no constituye unaopciรณn o accesorio que incremente el valor de catรกlogo del vehรญculo de empresa y, en consecuencia, la prestaciรณn en especie imponible por el uso personal del vehรญculo de empresa (vรฉanse, no obstante, los n.ยบ 37 y 38).
17. Asรญ pues, el trabajador puede igualmente utilizar una estaciรณn de recarga de su propiedad (en su caso, en virtud de un traspaso de la propiedad tras la finalizaciรณn del contrato de arrendamiento del empresario). La condiciรณn es entonces que la estaciรณn de recarga propia disponga de un sistema de comunicaciรณn especรญfico que comunique al empresario cuรกnta electricidad se consume para cargar el coche de empresa que tiene en casa. Esto tambiรฉn puede hacerse indirectamente a travรฉs de la intervenciรณn de una empresa de leasing o de un operador de puntos de recarga (CPO).
18. Cuando varios miembros de una familia dispongan de un coche de empresa elรฉctrico, podrรกn utilizar la misma estaciรณn de recarga (por ejemplo, la estaciรณn de recarga facilitada por el empleador de uno de los miembros de la familia) siempre que los costes de recarga de cada coche de empresa puedan determinarse por separado de forma verificable. En efecto, el reembolso por parte del empleador sรณlo puede referirse a los costes de recarga del coche elรฉctrico de empresa que pone a su disposiciรณn (9).
(9) Vรฉase la respuesta del Ministro a la pregunta parlamentaria nยบ 1210, formulada el 28.10.2022 por el diputado Jef Van den Bergh, QRVA 55/099, de 16.12.2022, pp. 144-145.
3. Sistema de comunicaciรณn especรญfico
19. Dado que el empresario debe garantizar que el reembolso sรณlo pueda referirse a la electricidad consumida en el domicilio para cargar el vehรญculo de empresa que pone a su disposiciรณn, se exige que la estaciรณn de carga disponga de un sistema de comunicaciรณn especรญfico que comunique al empresario el consumo de electricidad para cargar el vehรญculo de empresa. De hecho, el empresario debe tener constancia de dicho consumo.
20. A este respecto, tambiรฉn pueden aceptarse otras formas de comunicaciรณn, siempre que, por supuesto, seanverificables. Por ejemplo, un contador intermedio tambiรฉn puede ser una de las posibilidades (10).
(10) Vรฉase la respuesta del Ministro a la pregunta parlamentaria nยบ 24138, formulada por la diputada popular Joy Donnรฉ, CRIV 55 COM 701, pp. 31-32.
21. En lo que respecta a la mediciรณn de la cantidad de electricidad consumida, se exige que todo sistema adquirido, arrendado o alquilado por primera vez a partir del 01.01.2025, para los reembolsos de los costes de electricidad relativos al periodo del 01.01.2025 en adelante, debe tener una mediciรณn de kWh que cumpla las condiciones en tรฉrminos de precisiรณn impuestas en el protocolo de inspecciรณn cuando la precisiรณn se limite al 2% en la mediciรณn o cumpla la clase de precisiรณn B segรบn el Real Decreto de 15.04.2016 (11) o una clase equivalente segรบn otra norma.
(11) Real Decreto de 15.04.2016 sobre instrumentos de medida (B.S. 20.04.2016 - Numac: 2016011152).
4. Reembolso basado en los costes reales de electricidad
22. El reembolso por parte del empresario debe efectuarse en funciรณn de los costes reales de electricidad del trabajador, que deben ser probados. A tal efecto, son admisibles todos los medios de prueba de Derecho comรบn, excepto el juramento.
23. Sin embargo, el cรกlculo exacto de esos costes reales de electricidad no siempre es evidente. En efecto, son muchos los parรกmetros (12) que deben tenerse en cuenta para calcular los costes reales de electricidad por empleado y por recarga. Esto puede suponer una importante carga administrativa tanto para el empleado como para el empresario.
(12) Tarifa diurna y nocturna, contrato de energรญa fijo, variable o dinรกmico, cambio(s) de contrato a lo largo del aรฑo, electricidad a travรฉs de paneles solares, baterรญa domรฉstica, tarifa por capacidad.
24. Para adaptarse a ello, se acepta que se pueda utilizar una cantidad fija por kWh para calcular los costes reales de electricidad, pero sรณlo a condiciรณn de que esta cantidad fija por kWh no supere la tarifa CREG mencionada a continuaciรณn.
25. Por supuesto, esto sigue implicando que el empresario debe conocer el consumo exacto de electricidad para cargar el coche de empresa en casa por empleado.
a. Tarifa CREG
26. El importe fijo mรกximo por kWh se determina por regiรณn para cada trimestre en funciรณn del lugar de residencia del empleado (13). Esto significa que el importe fijo mรกximo por kWh se determina sรณlo 4 veces por regiรณn en un aรฑo natural. Este importe se determina del siguiente modo.
(13) Vรฉase el nยบ 29 mรกs abajo.
27. En primer lugar, el importe fijo por kWh para un mes en cuestiรณn se determina sobre la base del precio comercial medio de la electricidad todo incluido (14) en el mercado minorista para los clientes residenciales con un hogar dotado de un contador digital, un vehรญculo elรฉctrico, un consumo de 8.000 kWh/aรฑo y un pico mensual medio de 7,36 kW, publicado por la CREG en la tabla de su sitio web para ese mes en cuestiรณn.
(14) El precio global incluye los siguientes componentes: el precio de la energรญa, los costes de red (transmisiรณn/transporte y distribuciรณn), las tasas y recargos y el IVA.
28. Sobre esta base, el importe fijo mรกximo por kWh para el trimestre en cuestiรณn se determina de la siguiente manera:
- los importes fijos por kWh de agosto, septiembre y octubre del aรฑo N-1 servirรกn de base para calcular el importe fijo mรกximo por kWh para el reembolso de la electricidad consumida durante el primer trimestre del aรฑo N
- las cantidades fijas por kWh de noviembre y diciembre del aรฑo N-1 y de enero del aรฑo N constituyen la base para el cรกlculo de la cantidad fija mรกxima por kWh para el reembolso de la electricidad consumida durante el segundo trimestre del aรฑo N
- los importes fijos por kWh de febrero, marzo y abril del aรฑo N constituyen la base para el cรกlculo del importe fijo mรกximo por kWh para la restituciรณn de la electricidad consumida durante el tercer trimestre del aรฑo N
- los importes fijos por kWh de mayo, junio y julio del aรฑo N constituirรกn la base para el cรกlculo del importe fijo mรกximo por kWh para la restituciรณn de la electricidad consumida durante el cuarto trimestre del aรฑo N.
29. El empleador reembolsa la electricidad consumida, sin superar el importe fijo mรกximo por kWh definido anteriormente, teniendo en cuenta la regiรณn de residencia del asalariado (15). El empresario tambiรฉn puede optar por reembolsar la electricidad consumida sin tener en cuenta la residencia de sus asalariados. En tal caso, la tarifa a tanto alzado mรกxima por kWh, tal como se ha definido anteriormente, es igual a la tarifa mรกs baja aplicable en una de las regiones para el trimestre en cuestiรณn. Esta elecciรณn se aplica a todo el aรฑo civil.
(15) Por supuesto, el empresario puede reembolsar menos.
30. El importe utilizado por trimestre permite suavizar las grandes fluctuaciones, como se hace actualmente en el marco de la determinaciรณn de la indemnizaciรณn global por kilรณmetro para los desplazamientos de servicio (16), y evitar tener que actualizar cada mes los sistemas de nรณmina.
(16) Vรฉase Circular 2022/C/121 de 22.12.2022.
b. Publicaciรณn de la tarifa plana mรกxima por kWh
31. Para el primer trimestre de 2025, la tarifa fija mรกxima por kWh es:
- Regiรณn de Flandes: 28,22 euros/kWh
- Regiรณn de Bruselas Capital: 32,94 cรฉntimos de euro/kWh
- Regiรณn Valona: 32,56 cรฉntimos de euro/kWh
32. Para los trimestres siguientes, la Administraciรณn publicarรก la tarifa fija mรกxima por kWh mediante una adenda a la presente circular.
c. Tarifa limitada en el tiempo
33. La tolerancia administrativa para calcular el coste real de la electricidad sobre la base de la tarifa fija mรกxima por kWh sรณlo es aplicable durante un periodo de tiempo limitado.
34. Al fin y al cabo, se trata de una tolerancia sobre una tolerancia (17). Ademรกs, esta tolerancia administrativa no debe impedir que en un futuro prรณximo se pase a sistemas mรกs eficaces para suministrar o reembolsar la electricidad en el contexto de la carga de un coche de empresa en casa. Por lo tanto, esta tolerancia sรณlo se aplicarรก hasta el 31.12.2025. Posteriormente, teniendo en cuenta los sistemas que estarรกn disponibles en ese momento, la administraciรณn evaluarรก si es necesaria o no una prรณrroga de dicha tolerancia administrativa.
(17) A saber, la tolerancia segรบn la cual, en determinadas condiciones, tambiรฉn puede aceptarse el reembolso por el empresario de los costes reales de electricidad para recargar el coche de empresa en casa, cuando en realidad deberรญa tratarse de un suministro de electricidad por el empresario (facturaciรณn a nombre del empresario) para recargar el coche de empresa en casa, porque sรณlo esta รบltima situaciรณn es comparable al suministro de un coche de empresa (combustible fรณsil) con tarjeta de combustible adjunta y para el que, por lo tanto, estรก justificado el mismo tratamiento fiscal.
C. Reembolso de los costes de recarga en estaciones de recarga pรบblicas
35. Sin embargo, la excepciรณn comentada en los nรบmeros 13 a 34 no se aplica a los reembolsos de los costes de electricidad por parte del empresario para cargar el coche de empresa en una estaciรณn de carga pรบblica.
36. Cuando un empleado carga su coche de empresa en una estaciรณn de recarga pรบblica y el empresario reembolsa esos gastos de electricidad, se aplica el tratamiento fiscal analizado en los nรบmeros 9 a 12.
III. Transmisiรณn de la propiedad de la estaciรณn de recarga
37. Cuando, ademรกs de un vehรญculo de empresa, un empresario pone a disposiciรณn de su empleado una estaciรณn de recarga que ha instalado en el domicilio del empleado y, al tรฉrmino de dicha puesta a disposiciรณn, la propiedad de dicha estaciรณn de recarga se transfiere gratuitamente al empleado, dicha transferencia de propiedad da lugar, en principio, a la tributaciรณn de un beneficio en especie por parte del empleado.
38. Ese beneficio se aplica al empleado por el valor real. No obstante, cuรกl sea el valor residual de ese puesto de carga por parte del empleado en el momento de la transmisiรณn de la propiedad es una cuestiรณn de hecho y, por tanto, debe apreciarse caso por caso.
IV. Coche propio
39. Cuando un empresario reembolsa los gastos de electricidad para cargar el propio coche del empleado en su domicilio, se aplica el tratamiento fiscal expuesto en los nรบmeros 9 a 12.
V. Entrada en vigor - salida de vigor
40. La mencionada tolerancia administrativa para calcular los costes reales de electricidad sobre la base de un importe fijo mรกximo por kWh entrarรก en vigor a partir del 01.01.2025 y dejarรก de surtir efecto a partir del 01.01.2026 (18), y se aplicarรก a los costes de electricidad relativos al perรญodo comprendido entre el 01.01.2025 y el 31.12.2025. Por lo tanto, los costes de electricidad relativos al periodo comprendido entre el 01.01.2025 y el 31.12.2025, que se reembolsen despuรฉs de este periodo, tambiรฉn podrรกn acogerse a esta tolerancia administrativa.
(18) Salvo que la administraciรณn considere necesaria una prรณrroga de esta tolerancia administrativa - vรฉase el nยฐ 34.
VI. Reembolsos antes del 01.01.2025
41. La Administraciรณn evaluarรก los reembolsos de los costes de electricidad relativos al periodo anterior al 01.01.2025 con un cierto grado de flexibilidad cuando dichos reembolsos se hayan realizado de buena fe utilizando la tabla de la CREG (19).
(19) De acuerdo con la respuesta del Ministro a la pregunta parlamentaria nยบ 33, formulada por el diputado popular Steven Coenegrachts, CRIV 56 PLEN 006, pp. 8-9.
Ref. interna: 742.989
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