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Circular 2021/C/113 sobre la instalaciรณn de estaciones de recarga de vehรญculos elรฉctricos y los suministros y servicios relacionados con dichas estaciones de recarga
รndice de materias
Entrega con instalaciรณn de una estaciรณn de recarga
2.4.1. Estaciรณn de carga instalada en los locales de una empresa
Estaciรณn de carga instalada en los locales del empleado
Carga de vehรญculos elรฉctricos a travรฉs de una estaciรณn de carga
Estaciones de carga (semi) pรบblicas
3.1.2. Estaciones de carga puestas a disposiciรณn de los empleados
3.1.2.1. 3.1.2.1. Implicaciones del IVA en el marco del eMP
3.1.2.2. Efectos del IVA por parte del empleado
3.1.2.3. Efectos del IVA para el empresario
1. Introducciรณn
Cada vez son mรกs los vehรญculos automรณviles equipados con un motor elรฉctrico para su propulsiรณn. La energรญa para estos vehรญculos la suministra una baterรญa de tracciรณn o una pila de combustible. Existen vehรญculos equipados exclusivamente con un motor elรฉctrico, asรญ como modelos hรญbridos.
Los vehรญculos de turismo con motor elรฉctrico (en lo sucesivo, vehรญculos elรฉctricos) pueden abastecerse de energรญa elรฉctrica a travรฉs de una estaciรณn de carga.
A efectos de la presente circular, se entenderรก por estaciรณn de carga las estaciones de carga y los puntos de carga consistentes en una conexiรณn elรฉctrica con un enchufe para conectar al vehรญculo elรฉctrico.
Las estaciones de recarga incluyen las estaciones de recarga incorporadas a un terreno. Por su naturaleza, suelen considerarse bienes inmuebles.
Los puntos de recarga incluyen enchufes diseรฑados especรญficamente para cargar coches elรฉctricos que suelen colocarse en la pared de una propiedad. Suelen considerarse bienes inmuebles por su destino y conservan su carรกcter mueble a efectos del IVA.
Los fabricantes ofrecen esta infraestructura de carga adaptada que permite cargar la baterรญa de un coche elรฉctrico en diversos lugares (por ejemplo, en la vรญa pรบblica, en el domicilio de particulares o en empresas).
Esta circular analiza las normas de IVA aplicables a la entrega e instalaciรณn de una estaciรณn de carga, la carga de un vehรญculo elรฉctrico y el derecho a la deducciรณn del IVA.
2. Entrega con instalaciรณn de una estaciรณn de recarga
2.1. Naturaleza de la operaciรณn
La entrega con instalaciรณn de una estaciรณn de recarga con uno o varios puntos de recarga incorporados al terreno se considera, en principio, una obra inmobiliaria en el sentido del artรญculo 19apartado 2, pรกrrafo tercero, del Cรณdigo del IVA. La estaciรณn de recarga suele estar situada en la vรญa pรบblica o en aparcamientos privados o pรบblicos para vehรญculos elรฉctricos.
Por lo que respecta al suministro con instalaciรณn de una estaciรณn de recarga individual, la naturaleza de la operaciรณn debe considerarse en funciรณn de las circunstancias de hecho. Por ejemplo, la instalaciรณn de una estaciรณn de recarga en la pared de un edificio no se considera una obra inmobiliaria, pero puede equipararse a ella (vรฉase mรกs adelante).
Para todas las estaciones de recarga instaladas en Bรฉlgica, el lugar de entrega con instalaciรณn u obra inmobiliaria es Bรฉlgica (Artรญculo 14, ยง 3, artรญculo 21, ยง 3, 1ยฐ y artรญculo21bis, ยง 2, 1ยฐ del Cรณdigo del IVA).
2.2. Tarifa
El suministro con colocaciรณn de una estaciรณn de carga estรก sujeto en principio al tipo normal del IVA, que actualmente es del 21%. Este es el caso, por ejemplo, del suministro con colocaciรณn de una estaciรณn de recarga en un edificio de empresa, en la vรญa pรบblica o en un aparcamiento pรบblico.
No obstante, en determinados casos, puede aplicarse un tipo reducido del IVA cuando la estaciรณn de recarga se instala en una residencia privada (por ejemplo, en el domicilio de un empleado).
Epรญgrafe XXXVIII de la tabla A, del anexo del real decreto nยบ 20 relativo a los tipos del IVA prevรฉ, en determinadas condiciones, la aplicaciรณn de un tipo reducido para los trabajos efectuados en un bien inmueble y algunas otras operaciones relativas a un bien que haya sido utilizado como residencia particular hace al menos 10 aรฑos.
Aunque el suministro con instalaciรณn de un punto de recarga para coches elรฉctricos en un edificio no puede considerarse una obra en estado inmueble en el sentido del artรญculo 19, apartado 2, del Cรณdigo del IVA (ya que la maquinaria y el equipo instalados en un edificio mantienen su carรกcter mueble o, a lo sumo, se convierten en inmuebles por destino), el acto en cuestiรณn se considera un acto asimilado a una obra en estado inmueble. Tal acto estรก previsto en la letra c) del ยง3 del apartado XXXVIII de la Tabla A, del Anexo del citado Real Decreto nยบ 20.
Mรกs concretamente, el suministro e instalaciรณn en el interior de un inmueble de un punto de recarga para coches elรฉctricos se considera una operaciรณn consistente en el suministro y fijaciรณn a un inmueble de los componentes o parte de los componentes de una instalaciรณn elรฉctrica. El tipo reducido puede aplicarse si se cumplen las condiciones de las partidas correspondientes.
El suministro e instalaciรณn de una estaciรณn de carga para coches elรฉctricos se considera una operaciรณn relacionada con la propia vivienda a la que se aplica el tipo reducido si se coloca
- en la propia vivienda o en su fachada exterior, o
- en el interior o en la fachada del garaje o cochera del ocupante de la vivienda particular, incluidas las cocheras privadas de los edificios de apartamentos y las plazas de aparcamiento privadas situadas en el interior o en los bajos de un edificio de apartamentos, en la medida en que el piso al que pertenecen se utilice como vivienda particular, o
- en la vรญa de acceso que conecta la vรญa pรบblica con el garaje que forma parte de la vivienda real o con el acceso principal a la vivienda o edificio, o
- en la terraza exterior que forma parte de la vivienda por ser contigua a la misma.
Si la estaciรณn de recarga no se instala en la propia vivienda o, en general, en un lugar distinto de los mencionados anteriormente, el tipo reducido no se aplica a su suministro e instalaciรณn. En efecto, los actos que no se refieren a la vivienda propiamente dicha estรกn expresamente excluidos del tipo reducido.
Por consiguiente, el tipo normal del 21% es aplicable si la estaciรณn de recarga se coloca, por ejemplo, en el jardรญn adyacente a la vivienda o en una plaza de aparcamiento junto a la entrada o delante del edificio (vรฉase, entre otras, decisiรณn nยบ E.T. 80.398 de 01.10.1996 y la pregunta parlamentaria oral n.ยบ 805 formulada por la Sra. diputada popular Bรกrbara Pas el 19.11.2015). El tipo normal tambiรฉn se aplica si, por ejemplo, el puesto de cobro se coloca en una caja de garaje que no pertenece a la residencia privada del ocupante (por ejemplo, si el ocupante de una residencia privada no tiene su propio garaje, sino que, por ejemplo, compra una caja de garaje cerca de la residencia privada).
Cabe seรฑalar que el tipo reducido tambiรฉn se aplica cuando la estaciรณn de recarga sigue siendo propiedad del empleador y รฉste la pone a disposiciรณn del empleado, a tรญtulo oneroso o no. Punto 50 de la circular nยบ 6 del 22.08.1986 relativa al tipo reducido en el sector inmobiliario, establece que la utilizaciรณn del bien inmueble, y no la condiciรณn de la persona que sea legalmente el comitente de la obra, debe tenerse en cuenta para valorar si se cumple la condiciรณn relativa a la prestaciรณn y facturaciรณn del servicio al usuario final prevista en el epรญgrafe XXXVIII de la Tabla A, del Anexo del Real Decreto nยบ 20, antes citado. Dado que el destino final es la utilizaciรณn de la estaciรณn de recarga en un domicilio particular, se cumple esta condiciรณn.
Se da la circunstancia de que una estaciรณn de recarga estรก instalada en un edificio de uso mixto (vivienda particular y uso profesional). Si el uso privado es predominante y el uso profesional secundario, puede aplicarse el tipo reducido del 6% al suministro con instalaciรณn de la estaciรณn de recarga. Si, por el contrario, estas obras en un bien inmueble se realizan รบnicamente en un local profesional (por ejemplo, una estaciรณn de recarga instalada en un garaje utilizado exclusivamente con fines profesionales), el impuesto se devengarรก al tipo normal del IVA, ya que estas obras no se refieren a la vivienda en sentido estricto.
Sin embargo, si el uso privado es accesorio porque los locales profesionales constituyen la parte principal del conjunto del edificio, el tipo reducido del 6% se limita a las obras que guardan relaciรณn con la vivienda privada propiamente dicha (por ejemplo, la instalaciรณn de la estaciรณn de recarga en un trastero perteneciente a los locales privados).
En aras de la exhaustividad, tambiรฉn mencionamos la posible aplicaciรณn de los epรญgrafes XXXII, XXXIII, XXXVI, XXXVII, XL, de la tabla A y de los epรญgrafes X y XI de la tabla B, del anexo del citado Real Decreto nยบ 20 en las condiciones establecidas en dichos epรญgrafes, asรญ como las disposiciones temporales sobre demoliciรณn y reconstrucciรณn de edificios incluidas en el artรญculo 1quater del Real Decreto nยบ 20. Una visiรณn completa de los comentarios administrativos sobre el tipo reducido en las ejecuciones de obra sobre bienes inmuebles y actos similares puede encontrarse en el Comentario del IVA en el capรญtulo 7secciรณn 4, apartados 8 y siguientes y capรญtulo 7, secciรณn 5, apartados 10 y siguientes.
2.3. Inversiรณn del sujeto pasivo
No obstante lo dispuesto en artรญculo 51ยง 1, 1ยฐ, del Cรณdigo del IVA, el cocontratante del sujeto pasivo establecido en Bรฉlgica que realice una de las operaciones previstas en el artรญculo 20, ยง 2, del Real Decreto nยบ 1, relativo al rรฉgimen de pago del impuesto sobre el valor aรฑadido, deberรก pagar el impuesto devengado por dicha operaciรณn, si รฉl mismo es un sujeto pasivo establecido en Bรฉlgica y estรก obligado a presentar la declaraciรณn periรณdica del IVA a que se refiere el el artรญculo 53ยง1, pรกrrafo primero, 2ยฐ, del Cรณdigo del IVA o es un sujeto pasivo no establecido en Bรฉlgica que ha hecho que se reconozca en Bรฉlgica a un representante responsable con arreglo al el artรญculo 55del Cรณdigo del IVA (vรฉase el artรญculo 20, apartado 1, del citado Real Decreto nยบ 1).
La inversiรณn del sujeto pasivo, prevista en el artรญculo 20 del Real Decreto nยบ 1antes citado, se aplica a todos los trabajos efectuados en un bien inmueble en el sentido del artรญculo 19, ยง 2, del Cรณdigo del IVA y, en la medida en que no se trate de trabajos efectuados en un bien inmueble, tambiรฉn a la operaciรณn cuyo objeto sea a la vez la entrega y la fijaciรณn en un edificio de los elementos o de una parte de los elementos de una instalaciรณn elรฉctrica de un edificio, con excepciรณn de los aparatos de alumbrado y de las lรกmparas (vรฉase el artรญculo 20, ยง 2, 1ยฐ, c), del Real Decreto nยฐ 1 antes citado).
La inversiรณn del sujeto pasivo se aplica al suministro con colocaciรณn de una estaciรณn de recarga, o al suministro y colocaciรณn de un punto de recarga cuando la infraestructura de recarga de que se trate forme parte de la instalaciรณn elรฉctrica de un edificio, a que se refiere el ยง 2, 1ยฐ, c), del artรญculo 20, del citado Real Decreto nยบ 1 y siempre que se cumplan tambiรฉn las demรกs condiciones.
Si se celebra un contrato para la entrega con instalaciรณn de la estaciรณn de recarga (objeto principal), el mantenimiento y otros servicios accesorios (por ejemplo, el acceso a la plataforma digital), la autoliquidaciรณn se aplica al conjunto, siempre que cada factura se refiera al contrato en cuestiรณn con la entrega e instalaciรณn de la estaciรณn de recarga como objeto principal.
Ejemplo 1: se celebra un contrato con un proveedor de estaciones de recarga en virtud del cual, ademรกs de la entrega e instalaciรณn de la estaciรณn de recarga, durante un periodo de 24 meses el proveedor tambiรฉn se encargarรก del mantenimiento y se proporciona una aplicaciรณn para supervisar el uso de la estaciรณn de recarga. Cada mes, el usuario recibirรก una factura por estos servicios. Se supone que la autoliquidaciรณn se aplica al conjunto, siempre que cada factura mensual se refiera al contrato en cuestiรณn. En estas circunstancias, si el suministro e instalaciรณn de la estaciรณn de recarga puede acogerse al tipo reducido del IVA, tambiรฉn se aplica al mantenimiento y supervisiรณn de dicha estaciรณn de recarga.
Ejemplo 2: se celebra un contrato para la supervisiรณn de la estaciรณn de recarga con un sujeto pasivo que no es responsable de la instalaciรณn y el mantenimiento de la estaciรณn de recarga. En este caso no se aplica el mecanismo de inversiรณn del sujeto pasivo. El sujeto pasivo deberรก facturar sus servicios a un tipo de IVA del 21%.
Por รบltimo, cabe seรฑalar que si se recurre a un sujeto pasivo extranjero para el suministro y la instalaciรณn de una estaciรณn de recarga, el mecanismo de inversiรณn del sujeto pasivo es siempre aplicable si el cliente es un sujeto pasivo establecido en Bรฉlgica y obligado a presentar una declaraciรณn periรณdica del IVA, tal como se contempla en el artรญculo 53, ยง1, pรกrrafo primero, 2ยฐ, del Cรณdigo del IVA o es un sujeto pasivo no residente que ha hecho reconocer un representante responsable en Bรฉlgica de conformidad con el artรญculo 55, ยง1 o ยง2 del Cรณdigo del IVA (artรญculo 51, ยง2, 5ยฐ, del Cรณdigo del IVA).
2.4. Derecho a deducciรณn
2.4.1. Estaciรณn de recarga instalada en una empresa
Una estaciรณn de carga instalada en una empresa se considera parte de la instalaciรณn elรฉctrica de la empresa. El derecho a deducciรณn debe determinarse con arreglo a los artรญculos 45 ยง 1 y 45 ยง 1quinquies del Cรณdigo del IVA.
Si esta instalaciรณn se utiliza exclusivamente para realizar operaciones imponibles en el marco de la actividad econรณmica que da derecho a deducciรณn, el IVA sobre los costes de la instalaciรณn serรก totalmente deducible. Este serรก el caso si la estaciรณn de carga sรณlo es utilizada por los directores, gerentes y empleados de la empresa sujeta al impuesto con pleno derecho a deducciรณn, si los clientes o proveedores de esta empresa sujeta al impuesto pueden utilizar la estaciรณn de carga (previo pago o no) en el contexto de su visita a la empresa sujeta al impuesto o si terceros pueden utilizar la estaciรณn de carga previo pago.
En caso de uso mixto, la deducciรณn serรก limitada.
Aunque la empresa alquile una estaciรณn de recarga y la coloque en sus instalaciones (y la tarifa sรณlo cubra el coste de la estaciรณn de recarga y no la electricidad suministrada), se considera que la estaciรณn de recarga forma parte de la instalaciรณn elรฉctrica de la empresa. El IVA recaudado por el alquiler de la estaciรณn de recarga es deducible con arreglo a las normas habituales (aplicaciรณn Artรญculo 45, ยง 1, del Cรณdigo del IVA).
Por analogรญa con la posiciรณn administrativa relativa a la deducciรณn del IVA de los gastos de aparcamiento, comunicada en la decisiรณn IVA nยบ E.T.108.474 de 09.12.2004 en estos casos no debe tenerse en cuenta la proporciรณn de uso profesional de los coches que debe imputarse. La limitaciรณn de la deducciรณn del artรญculo 45 ยง2 del Cรณdigo del IVA no es aplicable.
2.4.2. Estaciรณn de carga instalada en los locales del empleado
Tambiรฉn ocurre que el empresario suministre e instale una estaciรณn de recarga en el domicilio de un empleado (el propio domicilio del empleado o una vivienda alquilada). En ese caso, la estaciรณn de recarga no forma parte, obviamente, de la instalaciรณn elรฉctrica de la empresa. Sรณlo existe deducciรณn en la medida en que la estaciรณn de recarga se utilice profesionalmente.
Hay que distinguir entre la situaciรณn en la que la estaciรณn de recarga se pone a disposiciรณn del empleado de forma gratuita y la situaciรณn en la que el empleado tiene que pagar una cuota al empresario. Cabe seรฑalar que la expresiรณn "sin contraprestaciรณn" no sรณlo se refiere a la situaciรณn en la que la estaciรณn de recarga se pone a disposiciรณn de un empleado a cambio de una reducciรณn de su salario neto, sino tambiรฉn a la situaciรณn en la que un empleado puede optar por una estaciรณn de recarga en su domicilio en el marco de un plan de cafeterรญa con un sistema de puntos, pero renuncia asรญ a otros beneficios de los que podrรญa disfrutar en virtud del plan de cafeterรญa.
La puesta a disposiciรณn de la estaciรณn de recarga por parte de un contribuyente belga a cambio de una reducciรณn del salario bruto de un empleado belga se considera una puesta a disposiciรณn gratuita por razones de simplificaciรณn administrativa.
En la situaciรณn en la que la estaciรณn de carga se pone a disposiciรณn del empleado de forma gratuita, la deducciรณn de conformidad con los artรญculos 45 ยง 1 y 45 ยง 1quinquies del Cรณdigo del IVA debe limitarse al importe del uso profesional del coche. El uso profesional de la estaciรณn de carga se determina del mismo modo que el uso profesional del vehรญculo elรฉctrico puesto a disposiciรณn del empleado. Los mรฉtodos para determinar el uso profesional de un vehรญculo puesto a disposiciรณn de un empleado se describen en la Circular AAFisc. n.ยบ 36/2015 (n.ยบ E.T.119.650) de 23.11.2015..
La limitaciรณn de la deducciรณn del artรญculo 45, ยง2 del Cรณdigo del IVA, no se aplica a la compra o alquiler de una estaciรณn de carga.
Tambiรฉn debe tenerse en cuenta que si la estaciรณn de carga sale de las instalaciones de la empresa sin contraprestaciรณn (por ejemplo, si la estaciรณn de carga permanece en el domicilio cuando el empleado se traslada), deben tenerse en cuenta las implicaciones del IVA. A este respecto, conviene distinguir entre las estaciones de recarga que se consideran mรณviles (por ejemplo, las estaciones de recarga situadas en la pared de la vivienda) y las estaciones de recarga que se consideran inamovibles (por ejemplo, las estaciones de recarga ancladas en el suelo).
En el caso de las estaciones de recarga consideradas muebles, en la medida en que el sujeto pasivo haya disfrutado total o parcialmente del derecho a la deducciรณn del IVA soportado en la adquisiciรณn de la estaciรณn de recarga, el sujeto pasivo deberรก efectuar una baja en el sentido del artรญculo 12, ยง 1, 1ยฐ, del Cรณdigo del IVA. Si la estaciรณn de carga estaba sujeta a una limitaciรณn de la deducciรณn en el momento de la adquisiciรณn, el artรญculo 10, ยง 1, pรกrrafo primero, 3ยฐ, del Real Decreto nยบ 3sobre el derecho a la deducciรณn, sigue permitiendo, en ese caso, una deducciรณn adicional en forma de revisiรณn igual al importe del IVA inicialmente sujeto a la limitaciรณn de deducciรณn, que asciende a una quinta parte, para el aรฑo en que se efectรบe la entrega o la retirada y para los aรฑos del perรญodo de revisiรณn que aรบn queden por transcurrir.
En los casos en que la estaciรณn de recarga tenga la consideraciรณn de inmueble por su naturaleza, sรณlo procederรก la revisiรณn en el sentido del artรญculo 10, ยง 1, primer pรกrrafo, 1ยฐ, del Real Decreto nยบ 3, antes citado.
Teniendo en cuenta que el empresario no siempre tiene claro hasta quรฉ punto una estaciรณn de recarga instalada en los locales de un empleado se considera mueble o inmueble, la Administraciรณn no criticarรก que el empresario sรณlo proceda a una revisiรณn en el sentido del artรญculo 10, ยง 1, pรกrrafo primero, 1ยฐ, del Real Decreto nยบ 3, como la prevista para las estaciones de recarga que son inmuebles por su naturaleza.
En el supuesto de que el trabajador deba abonar una cuota al empresario por la obtenciรณn de una estaciรณn de recarga en su domicilio (a tรญtulo oneroso), las restricciones a la deducciรณn de los artรญculos 45 ยง 1 y 45 ยง 1quinquies del Cรณdigo no se aplican si la puesta a disposiciรณn del bien se efectรบa por una cuota igual al valor normal (de conformidad con el artรญculo 32del Cรณdigo del IVA). Esto se aplica tanto a la situaciรณn en la que el empleado alquila la estaciรณn de carga al empresario, sin transferencia de propiedad, como a la situaciรณn en la que el empleado se convierte en propietario de la estaciรณn de carga a cambio de una retribuciรณn. Si el empleado alquila la estaciรณn de recarga, el uso profesional de la estaciรณn de recarga deberรก tenerse en cuenta a la hora de determinar el valor normal del alquiler, que se determina del mismo modo que el uso profesional del coche elรฉctrico puesto a disposiciรณn del empleado. Se remite a la Circular Administrativa AAFisc. nรบm. 36/2015 (nรบm. E.T.119.650) de 23.11.2015 para una mayor aclaraciรณn sobre el cรกlculo del valor normal en el caso de la prestaciรณn por contraprestaciรณn de activos empresariales de uso mixto.
Tambiรฉn en esta situaciรณn, la limitaciรณn de la deducciรณn del artรญculo 45 ยง2 del Cรณdigo del IVA no se aplica a la compra o alquiler de una estaciรณn de carga.
En aras de la exhaustividad, mencionamos que la situaciรณn en la que la puesta a disposiciรณn de la estaciรณn de recarga al empleado se califica como compra a plazos, en la que el derecho de propiedad por parte del empleado se adquiere normalmente en el momento del pago del รบltimo vencimiento, se equipara a efectos del IVA a la situaciรณn en la que el empleado se convierte en propietario inmediato de la estaciรณn de recarga.
El hecho imponible se produce cuando la estaciรณn de recarga se pone a disposiciรณn del empleado (vรฉase tambiรฉn pregunta parlamentaria nยบ 1027 del Sr. de Clippele de 20.04.1994).
3. Carga de vehรญculos elรฉctricos a travรฉs de una estaciรณn de recarga
3.1. Naturaleza del acto
De conformidad con el artรญculo 9pรกrrafo primero, 1ยฐ, del Cรณdigo del IVA, la electricidad se considera un bien fรญsico. La carga de la baterรญa de un vehรญculo elรฉctrico se realiza a travรฉs de una estaciรณn de carga. Esta operaciรณn se considera una entrega de un bien. En determinadas situaciones, la carga del vehรญculo elรฉctrico va acompaรฑada de una serie de servicios adicionales. El suministro de electricidad para el consumo de un vehรญculo elรฉctrico se trata como "costes de combustible" a efectos del IVA.
Estaciones de recarga (semi)pรบblicas
En estos casos, el consumidor suele celebrar un acuerdo con un emisor de un abono de recarga, un pase de recarga o una aplicaciรณn: el proveedor de servicios de e-movilidad (tambiรฉn conocido como "eMP" o "eMSP"). El eMP garantiza que los consumidores puedan acceder a una estaciรณn de recarga (semi)pรบblica a travรฉs de tarjetas de recarga o aplicaciones mรณviles. El eMP tambiรฉn garantiza que un consumidor pueda reservar una estaciรณn de recarga, proporciona informaciรณn al consumidor sobre la estaciรณn de recarga, proporciona un servicio de asistencia telefรณnica, etc.
La eMP factura al consumidor por estos servicios, incluida la carga de electricidad.
Para prestar estos servicios, la eMP celebra acuerdos con varios operadores de estaciones de recarga, los operadores de puntos de recarga (" CPO "). Aunque el CPO no es necesariamente propietario de estas estaciones de carga, es responsable de la gestiรณn operativa de las mismas en su propio nombre.
El CPO proporciona al eMP informaciรณn sobre las estaciones de recarga (incluida la disponibilidad de las estaciones de recarga, su ubicaciรณn, el tipo de estaciรณn de recarga, el aparcamiento disponible, etc.), garantiza el acceso a las estaciones de recarga, ofrece asistencia tรฉcnica in situ si es necesario y organiza la recarga elรฉctrica de los vehรญculos.
La CPO factura a la eMP por todos estos servicios de carga, incluida la carga elรฉctrica.
El siguiente diagrama muestra cรณmo se lleva a cabo la carga de los vehรญculos:

En el seno del Comitรฉ del IVA se planteรณ la cuestiรณn de cรณmo se califican a efectos del IVA los servicios del CPO en relaciรณn con la eMP. El Comitรฉ del IVA decidiรณ por unanimidad que la carga de la baterรญa debe considerarse el elemento principal del suministro, ya que la รบnica finalidad de los servicios de carga adicionales es facilitar el acceso de los coches elรฉctricos a la estaciรณn de carga con el fin de cargar la baterรญa del coche elรฉctrico. Por lo tanto, estos servicios de recarga se consideran accesorios al suministro de electricidad a efectos del IVA, como consecuencia de lo cual la totalidad del suministro debe considerarse una entrega de un bien (directriz tomada a raรญz del 113ยบ Comitรฉ del IVA de 03.06.2019 - documento A - taxud.c.1(2019)6589787 - 972).
Del mismo modo, la prestaciรณn del eMP frente al consumidor en su totalidad tambiรฉn debe considerarse un suministro de electricidad, considerรกndose accesorios los servicios de tarificaciรณn asociados.
Segรบn el artรญculo14 bis, letra b), del Cรณdigo del IVA, el suministro de electricidad por parte de la eMP al consumidor tiene lugar cuando el consumidor dispone del uso y consumo efectivos de la electricidad. Por consiguiente, en la relaciรณn eMP-consumidor, el IVA belga se devenga siempre que se carga un vehรญculo elรฉctrico a travรฉs de estaciones de carga situadas en Bรฉlgica. Si la estaciรณn de carga estรก situada fuera de Bรฉlgica, no se devenga IVA belga por esta prestaciรณn.
Ejemplo: un automovilista neerlandรฉs compra electricidad a travรฉs de una estaciรณn de carga pรบblica en Amberes. El IVA belga se devenga siempre por la compra de electricidad, incluso si el automovilista es un sujeto pasivo.
Debe tenerse en cuenta que, en caso de que el eMP sea un sujeto pasivo no establecido en Bรฉlgica, debe tenerse en cuenta el artรญculo 51, ยง 2, 5ยฐ, del Cรณdigo del IVA, que estipula que la inversiรณn del sujeto pasivo se aplica siempre si el adquiriente es un sujeto pasivo establecido en Bรฉlgica y obligado a presentar la declaraciรณn periรณdica del IVA a que se refiere el artรญculo 53, ยง 1, pรกrrafo primero, 2ยฐ, del Cรณdigo o es un contribuyente no residente que ha hecho reconocer un representante responsable en Bรฉlgica de conformidad con el artรญculo 55, ยง 1, o ยง 2, del Cรณdigo del IVA.
Ejemplo: un contribuyente belga, que presenta declaraciones periรณdicas de IVA, celebra un acuerdo con una eMP establecida en Francia, que permite a sus empleados utilizar estaciones pรบblicas de recarga en toda la Uniรณn Europea. Estas entregas que tuvieron lugar en Bรฉlgica de conformidad con el artรญculo 14 bis, letra b), del Cรณdigo del IVA (es decir, las operaciones de carga que tuvieron lugar en territorio belga) se facturan sin IVA al contribuyente belga. De conformidad con el artรญculo 51, ยง2, 5ยฐ, del Cรณdigo del IVA, el contribuyente belga estรก obligado a pagar el IVA adeudado trasladรกndolo a su declaraciรณn periรณdica del IVA.
En la relaciรณn CPO - eMP, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artรญculo 14 bis, letra a), del Cรณdigo del IVA, y se considera que la entrega tiene lugar en el lugar donde se encuentra la sede de la actividad econรณmica de la eMP, o su establecimiento permanente. En efecto, el eMP se califica de sujeto pasivo cuya actividad principal en el รกmbito de la electricidad consiste en revender dichos bienes y cuyo consumo propio de los mismos es insignificante.
El IVA que grava estas compras es adeudado por el adquirente, el eMP, de conformidad con el artรญculo 51 ยง2, 6ยฐ, del Cรณdigo del IVA, si el CPO no estรก establecido en el mismo Estado miembro que dicho adquirente. Esto significa que cuando un eMP establecido en Bรฉlgica celebra un acuerdo con un CPO no establecido en Bรฉlgica para la recarga de vehรญculos elรฉctricos (este puede ser el caso cuando las estaciones de recarga del CPO estรกn situadas en otro Estado miembro), el lugar de suministro de esta electricidad es Bรฉlgica y el eMP deberรก pagar el IVA a travรฉs de su declaraciรณn periรณdica del IVA. Por el contrario, un OPC establecido en Bรฉlgica no tendrรก que repercutir el IVA por el suministro de electricidad cuando el eMP no estรฉ establecido en Bรฉlgica.
Ejemplo: un supermercado belga pone sus estaciones de recarga a disposiciรณn de una eMP extranjera y, por tanto, recibe una remuneraciรณn por kwh comprado. No debe aplicarse el IVA belga, ya que se considera que el lugar de suministro es donde estรก establecida la eMP extranjera (aplicaciรณn del artรญculo 14 bis (a) del Cรณdigo del IVA). Si el supermercado suministra la electricidad directamente a sus clientes (sin la intervenciรณn de una eMP), a efectos de determinar el lugar de la entrega, el supermercado ocupa el lugar de la eMP y la entrega tiene lugar en Bรฉlgica en aplicaciรณn del artรญculo 14bis(b) del Cรณdigo del IVA.
3.1.2. Estaciones de carga puestas a disposiciรณn de los empleados
El empleador pone un coche elรฉctrico a disposiciรณn del empleado y tambiรฉn puede prever la puesta a disposiciรณn de una estaciรณn de carga en los locales del empleado (si el empleado no dispone ya de su propia estaciรณn de carga). El empleado puede cargar su coche elรฉctrico en casa. El empleado tiene un acuerdo con su proveedor de electricidad y recibe facturas periรณdicas relativas al consumo (anticipos y saldo). El empresario reembolsa al empleado la parte de la electricidad pagada que utiliza para el coche elรฉctrico de empresa.
En este contexto, el empresario suele celebrar un acuerdo con un proveedor de servicios de movilidad elรฉctrica (tambiรฉn denominado "eMP" o "eMSP"). Este proveedor de servicios ayuda a los empresarios encargรกndose de la lectura de los contadores, realizando los pagos a los empleados en nombre y por cuenta del empresario y reclamando los importes respectivos al empresario. La eMP realiza un servicio de lectura de los contadores y preparaciรณn de los documentos.
No se suele tomar ningรบn margen sobre la recarga del coste de la electricidad. Las tarifas suelen determinarse a tanto alzado (por ejemplo, en funciรณn de las tablas de a bordo del regulador energรฉtico).
3.1.2.1. Implicaciones del IVA en el marco de la eMP
La administraciรณn ha constatado que las eMP ofrecen varias soluciones para reembolsar al empleado la electricidad de recarga a travรฉs de una estaciรณn de recarga en su domicilio.
Opciรณn 1: El empresario reembolsa directamente la electricidad al empleado.
En este caso, el papel de la eMP se limita a leer los contadores, procesar y enviar los datos de la compra de electricidad al empresario. La eMP no interviene en el reembolso de la recarga de electricidad al empleado.
Por consiguiente, la eMP presta un servicio contemplado en el artรญculo 18, ยง 1, del Cรณdigo del IVA. De conformidad con el artรญculo 21, ยง 2, del Cรณdigo del IVA, este servicio es imponible en Bรฉlgica cuando el destinatario del servicio es un sujeto pasivo establecido en Bรฉlgica o un establecimiento permanente de un sujeto pasivo extranjero establecido en Bรฉlgica. Esta prestaciรณn estรก sujeta al tipo de IVA del 21%.
Opciรณn 2: El empresario solicita a la eMP que reembolse al empleado los gastos de electricidad. En este caso, la eMP actรบa en nombre y por cuenta del empresario.
En este caso, el papel de la eMP no sรณlo se limita a leer los contadores, procesar y enviar los datos de compra de electricidad al empleador, sino que el reembolso por el cobro de la electricidad al empleado tambiรฉn pasa por la eMP. Se prevรฉ contractualmente que el empresario siga comprando la electricidad directamente al empleado y que la intervenciรณn de la eMP se limite a la liquidaciรณn financiera en nombre y por cuenta del empresario.
Artรญculo 285ยฐ, del Cรณdigo del IVA establece que las sumas anticipadas por el prestador de servicios por los gastos en que haya incurrido en nombre y por cuenta de su cocontratante no formarรกn parte de la base imponible, si figuran por separado en la factura. Deberรก hacerse la anotaciรณn correspondiente en la factura (por ejemplo: "anticipo en el sentido del artรญculo 28, 5ยฐ, del Cรณdigo del IVA"). La eMP tambiรฉn puede optar por no mencionar el importe del anticipo en la factura emitida por sus servicios, sino trabajar con un documento de pago aparte que no se incluya en la contabilidad del IVA.
La calificaciรณn a efectos del IVA de los servicios de la eMP es la misma que en la opciรณn 1. La intervenciรณn en la liquidaciรณn financiera de la compra de electricidad se considera accesoria a la prestaciรณn global de servicios de la eMP.
Opciรณn 3: El empresario solicita a la eMP el reembolso de la electricidad al empleado. En este caso, la eMP actรบa en su propio nombre y por cuenta propia. En este caso, la eMP participa activamente en la cadena de suministro.
Contractualmente, el trabajador vende la electricidad a la eMP, que a su vez la revende al empresario.
En estas circunstancias, el suministro realizado por la eMP al empresario se considera en su totalidad suministro de electricidad. Por consiguiente, las implicaciones en materia de IVA son las mismas que las mencionadas en el punto 3.1.1.
3.1.2.2. Consecuencias del IVA para el asalariado
En caso de que un empleado reciba un importe por la electricidad cargada a travรฉs de la estaciรณn de recarga, existe una entrega a tรญtulo oneroso de un bien.
No obstante, si el empleado en cuestiรณn no ejerce ninguna otra actividad por la que sea sujeto pasivo del IVA y los vehรญculos cargados a travรฉs de la estaciรณn de recarga, distintos de los vehรญculos del propio empleado, pertenecen a su empleador (o a otro miembro de su familia) o son alquilados por รฉste, la Administraciรณn supone que, en lo que respecta a sus entregas de energรญa elรฉctrica, dicho empleado no ejerce una actividad econรณmica en el sentido del artรญculo 4 del Cรณdigo del IVA, dada su escasa entidad, y, por lo tanto, no tiene la condiciรณn de sujeto pasivo del IVA. En consecuencia, dichas entregas de energรญa elรฉctrica no estรกn sujetas al IVA.
Si el empleado en cuestiรณn ejerce otra actividad por la que tiene la condiciรณn de sujeto pasivo del IVA y los vehรญculos cargados a travรฉs de la estaciรณn de recarga, distintos de los vehรญculos del propio empleado, pertenecen a su empleador (o a otro miembro de su familia) o son alquilados por รฉste, la Administraciรณn tambiรฉn considerarรก que dichos suministros de energรญa elรฉctrica no forman parte de su actividad econรณmica normal. En efecto, los ingresos percibidos por el empleado del empleador en ese caso no son el resultado de la gestiรณn activa del empleado de la estaciรณn de recarga y, por lo tanto, quedan fuera del รกmbito de aplicaciรณn del IVA. Tambiรฉn se considera que el empleado actรบa como sujeto no pasivo en estas circunstancias.
En caso de que la estaciรณn de recarga sea puesta a disposiciรณn del pรบblico en general por el empleado, habrรก que tener en cuenta las circunstancias de hecho a partir de las cuales habrรก que demostrar en quรฉ medida sigue existiendo una actividad econรณmica menor que no da lugar a la adquisiciรณn de la condiciรณn de sujeto pasivo del IVA.
3.1.2.3. Repercusiones del IVA para el empresario
Por parte del empresario, no existen obligaciones directas en materia de IVA.
No obstante, cabe seรฑalar que, en lo que respecta a los cรกnones por los suministros de electricidad abonados por los empresarios a los asalariados, utilizando las opciones 1 รณ 2 mencionadas en el punto 3.1.2.1, no es posible deducir el IVA, ya que no se adeuda IVA por dichos suministros. Por otra parte, permitir el derecho a deducir el IVA percibido por la compensaciรณn de los gastos de combustible abonados al trabajador serรญa incompatible con la Directiva sobre el IVA (sentencia del Tribunal de Justicia de la Uniรณn Europea de 10 de marzo de 2005, C-33/03, Comisiรณn contra Reino Unido).
3.2. Tarifa
Por lo que se refiere al suministro de electricidad, se aplica el tipo normal del IVA del 21%.
3.3. Derecho a deducciรณn
La Administraciรณn parte de la base de que el suministro de electricidad a travรฉs de estaciones de recarga de automรณviles por parte de un sujeto pasivo se considera una entrega de bienes en el sentido de los artรญculos 9 y 10 del Cรณdigo del IVA.
La electricidad adquirida a travรฉs de las estaciones de recarga por un sujeto pasivo estรก sujeta a la limitaciรณn de deducciรณn del artรญculo 45 ยง1 del Cรณdigo del IVA, (uso profesional) por lo que no debe pasarse por alto la aplicaciรณn de la limitaciรณn de deducciรณn contenida en el artรญculo 45 ยง2 del Cรณdigo del IVA.
Si el consumo de electricidad puede medirse por separado para cada vehรญculo, el derecho a deducciรณn puede determinarse con arreglo al mismo rรฉgimen de deducibilidad que para el vehรญculo. En este caso puede aplicarse la medida de simplificaciรณn incluida en el punto 3.3.2.2. de la Circular AAFisc n.ยบ 36/2015 (n.ยบ E.T.119.650) de 23.11.2015.
Si, por el contrario, la carga de electricidad a travรฉs de la estaciรณn de carga no puede medirse separadamente del resto de consumos elรฉctricos, el porcentaje de deducciรณn deberรก determinarse bajo la supervisiรณn de la Administraciรณn.
Lo anterior se aplica tanto a la adquisiciรณn de electricidad a travรฉs de estaciones de recarga pรบblicas como a las estaciones de recarga situadas en las instalaciones de la empresa.
Por รบltimo, cabe seรฑalar que cuando se recurre a una eMP que no ha intervenido ella misma en el suministro de electricidad (vรฉanse, entre otras, las opciones 1 y 2 del apartado 3.1.2.1. anterior), el IVA de las actuaciones de la eMP se consideran gastos generales, sujetos a la limitaciรณn de deducciรณn del artรญculo 45, ยง1 del Cรณdigo del IVA, pero no a la limitaciรณn de deducciรณn del artรญculo 45, ยง2 del Cรณdigo del IVA. Esto tambiรฉn se aplica a la compra de dispositivos cuya รบnica finalidad es controlar las compras de electricidad de los hogares de los empleados.
Ref. interna: 137.848
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